El
equipo del Nacho Meinero se quedó con la liga San Martín tras derrotar a
San Martín desde los penales. En el tiempo reglamentario la visita se
había quedado con el triunfo por uno a cero.
General
cortó una racha de 12 sin gritar campeón y en el año de su centenario
logró el título de la liga. En los noventa reglamentario San Martín se
quedó con la victoria por uno a cero gracias al gol de Cansina de penal a
los 8 minutos del primer tiempo para llevar la definición a los
penales. Desde los doce pasos, Patricio Banchio se vistió de héroe,
atajó 3 de 4 ejecuciones y desató la locura en el Ítalo Alberto.
El
partido tuvo su quiebre en el inicio. Se jugaban solo 6 minutos cuando
Araya derribó a Aguirre en área. Jorge Baliño, árbitro del encuentro, no
dudo y pitó penal. Cansina cambió por gol para poner el 1 a 0 e igualar
la serie.
El juego era
dinámico e intenso. General, de a poco, se fue adelantando en la cancha
empujando a San Martín contra su arco. Los de Caloni, en tanto, se
agazapaban y con salidas rápidas intentaban inquietar a Banchio con
Bricco y Aguirre.
Recién a los
18 los de Meinero respondieron y encendieron alarmas en San Martín.
González y Diaz comandaron la ofensiva y dejaron solo a Santini. El 9,
cara a cara con Eckerd, definió fuerte y rasante pero el uno le ganó el
duelo.
El partido era de
trámite parejo y ninguno de los dos lograba imponer su juego. A los 35
la visita tuvo una chance clarísima de gol. Aguirre le robó la pelota en
la salida a Sedrán y se fue solo contra Banchio. La definición no fue
bien y terminó besando el palo del uno local.
El
local tuvo la suya cinco minutos después. Santini la guapeó contra los
centrales de San Martín y le sirvió la pelota a Díaz que, con mucho
tiempo para pensar, definió impreciso y dejó el balón en las manos de
Eckerd.
En el complemento los
dos propusieron la misma escena. Sin tomar demasiados riesgos desde
arranque, intentaban dar con ese pequeño detalle para mover el marcador.
Fue General quien tuvo la primera en ese segundo tiempo. A los 9,
González la guapeó sobre el sector izquierdo y metió un centro atrás
para la llegada de Hernán Díaz. El delantero otra vez falló en la
definición y desperdició la oportunidad de equilibrar la historia.
En
reloj jugaba su partido aparte y a medida que corría los dos comenzaban
a cuidarse más y a arriesgar menos. San Martín era un poco más que el
local y se lo veía más entero en cancha. A los del Nacho Meinero les
faltaban ideas de juego y no lograban hacerse con el balón.
De
a poco el partido se fue yendo en un segundo tiempo que no fue
demasiado bueno. San Martín se aferró al uno a cero y si bien fue
superior a General en el segundo tiempo, se fue confirmando con el
resultado y todo se fue a los penales.
Ya desde los doce pasos, General se impuso 3 a 1 con la gigante actuación de Patricio Banchio, quien contuvo 3 penales. En el año de su centenario, el equipo del Nacho Meinero gritó campeón tras 12 años de sequía.
Los equipos de nuestra localidad llegaron de forma avasallante a la
final siendo los más goleadores del campeonato y como se esperaba fue un
partidazo.
Los más pequeños de las categorías puntables hicieron un partidazo
más allá de que solo habría un ganador, la digna competencia y la
diversión de jugar al fútbol fue el marco de un gran espectáculo.
En el primer tiempo Trebolense se fue al descanso ganando por la mínima tras una buena definición de Agustín Gorosito.
En el complemento, tras un tiro libre a favor del Verde y una serie
de rebotes, el balón entró al fondo de la red tras pegar por último en
el arquero de Trebolense poniendo así el 1 a 1 parcial.
A pocos minutos tras una gran jugada de Gorosito que terminaría en infracción, el arbitro cobró penal a favor del Cele.
El mismo Agustín Gorosito fue el encargado de ejecutarlo y marcar el 2 a 1 definitivo del encuentro-fuente canal 1
El decreto regirá a partir de las 0 horas del 2 de octubre de 2021. “Para sostener el nivel de habilitaciones es importante que sigamos utilizando el barbijo, la distancia, el lavado de manos y la vacunación”, explicó la ministra de Salud.
Martorano y Pusineri
La ministra de Salud, Sonia Martorano; y el ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Juan Manuel Pusineri, anunciaron este viernes las nuevas medidas de convivencia frente a la pandemia del Covid-19, que regirán en todo el territorio provincial a partir de las 0 horas del 2 de octubre de 2021.
En la oportunidad, Martorano detalló que “hoy toda la provincia de Santa Fe está en bajo riesgo. El promedio de casos en los últimos 14 días es de 60 por día, es el promedio más bajo desde el inicio de la pandemia. Esto tiene que ver con el trabajo realizado entre todos, de cuidados y vacunación”, dijo.
Sobre la vacunación, explicó que “el total de dosis aplicadas es superior a las 4.397.825. De primera dosis fueron 2.435.984. Lo interesante es evaluar cuántas de estas personas tienen esquema completo, es decir, dos dosis: 1.961.825. Esta semana estamos llegando a los dos millones de dosis completas en la provincia. Esto es muy importante porque el porcentaje es del 56% de la población general. Estas son buenas noticias”, puntualizó la ministra de Salud.
Por su parte, el ministro Pusineri sostuvo que “en función de la mejora del cuadro sanitario y del avance de la campaña de vacunación, el gobierno puede seguir instrumentando flexibilizaciones en las actividades económicas, comercial y recreativas”.
“Algunas de las medidas más importantes que van a comenzar a regir son la extensión de los horarios para las actividades gastronómicas y comerciales en una hora. Asimismo, en todas las actividades que hasta el momento tenían un aforo del 50%, ese aforo va a ser elevando al 70%”, agregó.
“Otras de las actividades que permite la afluencia de público son los eventos deportivos. Respecto de la actividad con las discotecas y salones de fiesta vamos a ir en un esquema progresivo, es decir, que las habilitaciones que se disponen son el comienzo de un esquema que vamos a ir monitoreando”.
Entre los requisitos para asistir a las nuevas actividades habilitadas, el ministro de Trabajo especificó que “deberán desarrollarse al aire libre, el aforo va a ser del 70% y quienes participen deberán hacerlo acreditando al menos una dosis de la vacuna”, concluyó el ministro de Trabajo.
EN DETALLE
En el desarrollo de cada una de las actividades mencionadas estará permitida la utilización máxima del aforo disponible que permita cumplir estrictamente con el distanciamiento social de las personas, sin exceder la ocupación del 70% de la superficie disponible.
El uso de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón será obligatorio en espacios cerrados de ingreso público y al aire libre cuando se diera la concurrencia simultánea o la cercanía de personas ajenas al grupo conviviente. Quedan alcanzadas:
a) Reuniones sociales en domicilios particulares y en espacios públicos.
b) Actividad deportiva en modalidad entrenamiento y recreativa de deportes grupales; gimnasios, natatorios y establecimientos afines.
c) Ejercicio de profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros debidamente matriculados e inscriptos.
d) Actividad inmobiliaria y aseguradora.
e) Actividades administrativas de sindicatos, entidades gremiales, empresarias, cajas y colegios profesionales, entidades civiles y deportivas y obras sociales.
f) Actividades administrativas de las empresas industriales, de la construcción, comerciales o de servicios.
g) Actividades religiosas en iglesias, templos y lugares de culto, correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos.
h) Actividad de los locales comerciales mayoristas y minoristas.
i) Locales gastronómicos (comprensivo de bares, restaurantes, heladerías y otros autorizados a funcionar como tales, con concurrencia de comensales).
j) Cines y complejos cinematográficos.
k) Competencias automovilísticas y motociclísticas, conforme lo dispuesto en los Artículos 11, 12 y 13 del Decreto Nº 1640/21; salvo las que se desarrollan con habilitaciones otorgadas por normas emanadas de autoridades del Gobierno Nacional, que se regirán por lo dispuesto en las mismas.
l) Realización de eventos culturales y recreativos relacionados con la actividad teatral y música en vivo que impliquen concurrencia de personas, tanto al aire libre como en teatros, centros culturales y otros lugares cerrados.
m) Actividad artística en plazas, parques y paseos.
n) Funcionamiento de locales de juegos infantiles y otros establecimientos afines, en espacios cerrados o al aire libre, comúnmente denominados miniclubs o peloteros.
ñ) Actividad en hipódromos y agencias hípicas.
o) Pesca deportiva y recreativa en la modalidad desde costa y embarcados, navegación recreativa o deportiva, y las actividades de guarderías náuticas, a los fines del retiro y depósito de las embarcaciones.
p) Actividad de los casinos y bingos.
q) La actividad de las ferias de comercialización de productos alimenticios y artesanías.
r) Actividad turística receptiva denominada de reuniones, congresos, jornadas o similares.
s) Discotecas y locales bailables, salones de fiestas para bailes o similares, con las demás condiciones establecidas en el presente Decreto.
En todo el territorio provincial, en el desarrollo de las actividades habilitadas, deberán cumplimentarse las reglas generales de conducta, los protocolos y condiciones específicas con las que fueron oportunamente aprobadas y sus ajustes posteriores, conforme las determinaciones y recomendaciones de la autoridad sanitaria; sin excederse del factor máximo de ocupación de las superficies.
En todo el territorio provincial, a partir de las 0 horas del 2 de octubre de 2021, queda restringida la circulación vehicular en la vía pública como a continuación se indica:
a) Los días sábados, domingos y feriados de 3 a 6 horas.
b) El resto de los días de la semana de 1 a 6 horas.
Quedan exceptuados de la restricción a la circulación vehicular dispuesta en el presente artículo la estrictamente necesaria para realizar actividades definidas como esenciales en la emergencia, comprensivas de las situaciones de fuerza mayor, y los desplazamientos desde y hacia los lugares de trabajo de los que desarrollan actividades habilitadas, incluidos los de los propietarios de los locales o establecimientos.
En los horarios establecidos de restricción de la circulación vehicular en la vía pública, quienes circulen en ocasión de concurrir a realizar o de haber realizado una actividad habilitada, deberán portar la documentación o constancia (reserva, ticket, factura, acreditación) demostrativa de esa circunstancia.
COMPETENCIAS DEPORTIVAS
Las competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur, que se desarrollen en espacios abiertos al aire libre o cubiertos con suficiente ventilación que se encuentran habilitadas podrán realizarse con la concurrencia simultánea de hasta mil espectadores, sin contar en esa cifra a los protagonistas del espectáculo, árbitros y auxiliares intervinientes. Cuando se tratare de competencias por equipos, queda autorizada la asistencia de público visitante.
Las competencias deportivas de carácter profesional o amateur, que se desarrollan con habilitaciones otorgadas por Decretos del Poder Ejecutivo Nacional, Decisiones Administrativas de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación y, en general, por normas emanadas de autoridades del Gobierno Nacional, se regirán por lo dispuesto en las mismas.
La actividad en hipódromos, con concurrencia de público, deberá ajustarse al máximo de mil personas asistentes; sin contar en esa cifra a los protagonistas del espectáculo y auxiliares intervinientes.
COMERCIO MAYORISTA Y MINORISTA
La actividad del comercio mayorista y minorista de venta de mercaderías, con atención al público en los locales, se desarrollarán sin excederse del factor máximo de ocupación de las superficies; pudiendo extenderse todos los días de la semana hasta las 21 horas, con excepción de los kioscos y similares que podrán permanecer abiertos hasta las 24 horas para la atención al público residente en su cercanía; lo anterior sin perjuicio de la posibilidad de las farmacias de realizar los turnos de guardia.
Fuera del horario indicado en el presente Artículo solo podrán realizar actividad comercial a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante las modalidades de entrega a domicilio o retiro, las que deberán concretarse en el horario de 6 a 21 horas.
LOCALES GASTRONÓMICOS
Los locales gastronómicos (comprensivo de bares, restaurantes, heladerías y otros autorizados a funcionar como tales, con concurrencia de comensales), desarrollarán su actividad sin excederse del factor máximo de ocupación de las superficies que permita el cumplimiento estricto de las reglas generales de conducta y ajustándose además a los siguientes horarios:
a) Los días viernes, sábados y vísperas de feriados, entre las 6 horas y las 2 horas del día siguiente.
b) El resto de los días de la semana, entre las 6 horas y la 1 horas del día siguiente.
DISCOTECAS Y LOCALES BAILABLES
Se habilita el funcionamiento de discotecas y locales bailables, salones de fiestas para bailes o similares, debiendo ajustarse a las siguientes condiciones:
a) Contar con habilitación de las autoridades locales, las que determinarán los espacios al aire libre autorizados y el aforo permitido para los mismos; lo que deberá estar informado debidamente en el ingreso.
b) Cumplimentando la regla general de no excedencia de ocupación máxima del 70% del espacio habilitado al aire libre.
c) Solo los días viernes, sábados y vísperas de feriado.
d) En el horario de 20 a 3 horas del día siguiente.
e) Permitiendo el ingreso solo de personas que cuenten con al menos una dosis de vacuna, aplicada con una antelación mínima de 14 días corridos.
Los salones de eventos o similares, cuando realicen reuniones que involucren actividad bailable, deberán ajustarse a las previsiones del presente Artículo.
HORARIOS DE ACTIVIDADES
a) Actividad deportiva en modalidad entrenamiento y recreativa de deportes individuales o grupales; gimnasios, natatorios y establecimientos afines: entre las 7 y las 22 horas.
b) Actividades religiosas en iglesias, templos y lugares de culto, correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos: entre las 8 y las 21 horas.
c) Cines y Complejos Cinematográficos: entre las 10 y la 1 horas del día siguiente.
d) Pesca deportiva y recreativa en la modalidad desde costa y embarcados, navegación recreativa o deportiva, y las actividades de guarderías náuticas, a los fines del retiro y depósito de las embarcaciones: entre las 7 y las 20 horas.
e) Funcionamiento de locales de juegos infantiles y otros establecimientos afines, en espacios cerrados o al aire libre, comúnmente denominados miniclubs o peloteros: entre las 8 y las 24 horas.
f) Actividad en hipódromos y agencias hípicas, organizando turnos para desarrollar las tareas de cuidado y entrenamiento de los animales y de mantenimiento de las instalaciones: entre las 7 y las 20 horas.
g) Actividad de los casinos y bingos, cumplimentando las reglas generales de conducta y de prevención y los protocolos oportunamente aprobados para la actividad: entre las 10 y las 2 horas del día siguiente.
h) Actividad de los salones de eventos, fiestas y similares, para la realización de eventos sociales, en las condiciones establecidas en el Artículo 6° del Decreto N° 1220/21 y sus prórrogas, y las complementarias dispuestas en el presente Decreto: entre las 8 y las 3 horas del día siguiente.
i) Práctica de competencias automovilísticas y motociclísticas: entre las 8 y las 20 horas, sin perjuicio de lo dispuesto en los Artículos 5° inciso k) y 6° último párrafo del presente decreto.
ADULTOS MAYORES
Además, se prorroga a partir de las 0 horas del 2 de octubre de 2021, en todo el territorio provincial, la autorización de las actividades para personas mayores de 60 años con el esquema de vacunación completo, en los denominados centros de día de rehabilitación y recreativos.
También se prorroga la autorización para las visitas y salidas programadas de personas mayores que residan en establecimientos geriátricos, residencias, o similares; sujetas al cumplimiento de los protocolos específicos establecidos para la actividad y las condiciones precisadas en los artículos 11 y 12 del Decreto Nº 1374/21; sin perjuicio de las específicas que pueda disponer la autoridad sanitaria.
AGENCIAS
Se dispone que, desde las 0 horas del 2 de octubre de 2021, la actividad de los permisionarios (agentes y subagentes) de la Caja de Asistencia Social Lotería de Santa Fe para la comercialización de los juegos oficiales, podrá desarrollarse hasta el horario de cierre de captura de apuestas, conforme lo disponga el citado Organismo.
Por último, se recuerda que las autoridades municipales y comunales, en concurrencia con las autoridades provinciales competentes, coordinarán los procedimientos de fiscalización necesarios para garantizar el cumplimiento de las medidas dispuestas en el presente Decreto, de los protocolos vigentes y de las normas dispuestas en virtud de la emergencia sanitaria.
Para finalizar, la ministra Martorano recalcó “la importancia de los cuidados. Para sostener el nivel de habilitaciones es importante que sigamos utilizando el barbijo, la distancia, el lavado de manos y la vacunación. Los buenos resultados en nuestra provincia tienen que ver con el alto nivel de vacunación. Así que invitamos a inscribirse a quienes aún no lo hicieron”, remarcó.
La fecha Nº10 de la liga San Martín de Futbol, consecuente con el clásico River Vs. Boca, sufrirá alteraciones en los horarios de inicio. Así lo informó la casa del futbol departamental
Como es ya costumbre, los clubes de la liga adelantan los horarios de los partidos de reserva y primera división. El clásico del futbol de AFA entre River y Boca en el horario de disputa de los partidos locales, presume la quita en la presencia de público en las canchas departamentales, en tal sentido en común acuerdo los clubes alteran sus horarios de inicios que así jugaran el venidero domingo. (Los horarios pertencen a los inicios de divisional reserva)
Quedó inaugurado el flamante acceso sur en Los Cardos
La Comuna de Los Cardos inauguró, el pasado miércoles 29, la obra del acceso sur.
La ceremonia, se llevó a cabo en la intersección de Ruta 13 y el acceso Santa Fe, a las 10 de la mañana, con concordancia con los festejos del día del Santo Patrono de la localidad, San Miguel Arcángel.
Con la concurrencia de vecinos, instituciones y con la presencia de la Senadora Cristina Berra, el presidente comunal Alan Tramannoni, expresó: «Este acceso lo logramos con fondos propios, invirtiendo 8.5 millones de pesos. Tengo que agradecer a AFA Los Cardos, que posibilitó la construcción de un acceso de tránsito pesado bien al sur de la localidad, para, juntos, poder preservar y cuidar éste que estamos inaugurando. También a la Senadora Cristina Berra por su apoyo incondicional y a todo el personal comunal que trabajó muchísimo para lograr este objetivo».
La obra
La obra, contempló 300 metros lineales aproximadamente de hormigón armado de 15 centímetros, con doble mano, cantero central, una moderna iluminación led y nueva forestación.
Se construyó en un plazo de obra de 6 meses, en los que se removió el antiguo asfalto que estaba muy deteriorado, se llevaron adelante movimientos de tierra y luego se pavimentó y se re iluminó la arteria.
Este acceso, no tendrá permitido el tránsito pesado, que fue derivado a una colectora que construyó la comuna junto a AFA Los Cardos, al sur de la localidad y que desembocará en una futura playa de estacionamiento para camiones.
«Este acceso se unirá con el proyecto de urbanización de calle Santa Fe – al oeste de la ruta – donde pavimentaremos otros 200 metros lineales», agregó Tramannoni.
Aviso clasificado BUSQUEDA LABORAL: Se busca personal administrativo para empresa de servicios en la ciudad de El Trébol, trabajo de jornada completa. Enviar curriculum a mbaudino@lasegunda.com.ar
Se realizó una mesa debate en el Centro Cultural, para conocer la opinión de la ciudadanía en cuanto a la iniciativa presentada por la senadora Cristina Berra para transformar a Carlos Pellegrini en ciudad.
Foto : Portal Pellegrinense
Este miércoles, en Carlos Pellegrini se realizó un encuentro entre la ciudadanía y el arco político para interiorizarse en las modificaciones que sufriría con la posible transformación a ciudad.-
Esta iniciativa fue presentada en la Legislatura santafesina por la senadora provincial, Cristina Berra, quien encabezó el debate junto a la presidenta Comunal, Marina Bordigoni, y varios funcionarios.-
“Con la proyección que tiene Pellegrini, va a terminar siendo ciudad, de eso estoy segura. Considero que es la única localidad del departamento en constante crecimiento, entonces me pareció bueno mandarle una nota a la presidenta comunal para armar un debate participativo con la comunidad. Esto es un largo camino, no se resuelve de un día para el otro, tienen que venir expertos, gente que sepa observar el crecimiento. Este debate es el comienzo”, comenzó explicando Berra.-
Por su parte, Bordigoni remarcó que desde el Ejecutivo acompañarán la iniciativa: “Desde la Comisión Comunal tratamos de impulsar los mejores proyectos para Carlos Pellegrini, y en este caso, la charla debate es el primer paso para dar a conocer públicamente los detalles. Luego habrá que ingresarlo en la Cámara de Senadores para ser tratado”.-
La presidenta Comunal subrayó el constante crecimiento de localidad en los últimos años y aseguró que existe un amplio consenso social para ser ciudad. “Hoy en día hay más de 7 mil habitantes, pero no sólo se tiene en cuenta el número, sino otras variables como el crecimiento en cuanto a industrias y obras para llegar a esta instancia”.-
En ese contexto, la diputada Georgina Orgiani (presidenta de la Comisión de Asuntos Comunales) sostuvo: “Estamos en discusión de un proyecto legislativo que le puede cambiar sustantivamente la vida a los vecinos y vecinas, y que tiene su origen en la Cámara de Legisladores, que pasará por la Comisión de Asuntos Comunales, Comisión de Presupuesto y la Comisión de Asuntos Constitucionales, donde contando con los dictámenes respectivos se tratará en el recinto, tendrá la media sanción, y pasará al debate en la Cámara de Diputados. Allí correrá la misma fortuna. Esperamos que esta propuesta se pueda concretar, que sea ley, porque contribuirá al desarrollo y progreso de esta localidad”.-
LOS BENEFICIOS DE “SER CIUDAD”
A su turno, el ex secretario de Finanzas e Ingresos Públicos de Santa Fe, Pablo Olivares, precisó que en materia de ingresos, la principal diferencia a la actualidad es la recepción de recursos nacionales y provinciales en orden de coparticipación. “Aproximadamente serán un 90% mayores los recursos que significaría el cambio de status jurídico. Con esto, no sólo se podría mejorar la infraestructura que necesita Carlos Pellegrini sino que, al mismo tiempo, se disminuiría la presión tributaria que recae en la localidad con recursos propios. También es apropiado aclarar que no es verdad que, al ser intendencia, se pueda cobrar más tasas de servicios. Esto se regula en base al costo de los insumos y de las recaudaciones”.
Finalmente, el diputado Juan Cruz Cándido graficó que “de ser pueblo nunca se deja, porque eso está en el espíritu de quienes lo habitan” e insistió en que la vida ciudadana no se modificará de un día para el otro. Cándido expresó: “Ya hay problemas de ciudad, infraestructuras de ciudad, realidades propias de la ciudad. Pero al ser un pueblo, la Comuna no cuenta con los fondos suficientes para dar esas respuestas. A ningún pellegrinense le va a cambiar la vida cotidiana, pero si va a cambiar la posibilidad de dar respuestas a los problemas de la comunidad”.-
Del encuentro participaron también, Juan José Sarasola – ex intendente de Casilda-, Carlos Torres – ex secretario de Municipios y Comunas y ex intendente de Firmat- , y Pablo Olivares – ex secretario de Finanzas e Ingresos Públicos de Santa Fe -.
Multitudinario Rally Santafesino en María Susana
La categoría se corrió por primera vez en la región y el público se volcó al espectáculo en el parque cerrado y los tramos por la zona rural.
La 3º fecha del Rally Santafesino, se corrió en María Susana durante el fin de semana del 18 y 19 de septiembre, con un estupendo marco de público.
La prueba, que se armó en sólo 14 días, cuando la localidad tuvo la posibilidad de sustituir una fecha suspendida por lluvia, fue un éxito en convocatoria y concurrencia de pilotos y público de 6 provincias del país.
Desde el mismo jueves, ya se empezaron a ver carpas y acampantes en diferentes sectores donde se corrían los tramos y en el paseo «Centenario» de la localidad, donde se instaló el parque cerrado.
El colorido y el folklore contagió a la localidad y la región, que vivió una afluencia de público inédita en materia de espectáculos deportivos.
Por primera vez en la región
Es necesario destacar, que es la primera vez que el Rally Santafesino se corrió en la región del centro oeste santafesino y María Susana fue una estupenda localidad anfitriona.
La competencia culminó en el mediodía del domingo, con la entrega de premios en el parque cerrado, en medio un nutrido marco de público que se acercó a disfrutar de una amplia gama de puestos de gastronomía que se instalaron en el sector.
El rally se corrió en dos etapas. El sábado, con 4 pruebas especiales y un súper especial y el domingo 4 pruebas especiales. En total, corrieron en María Susana 45 máquinas; 36 autos entre los que se incluyen los UTV, y 9 motos y cuatriciclos.
Se recorrieron 100 kms. y 300 metros de pruebas especiales cronometrados. Además, 27 kms y 310 metros de tramos de enlace; lo que hace un total de 127 kms y 610 metros del recorrido total del rally. Hubo pilotos de la provincia de Santa Fe, Córdoba, Buenos Aires, Formosa, San Luis y Entre Ríos.